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Opinión

Globalidad, crecimiento, organización

El rugby va ganando en adeptos y el número de practicantes crece en el mundo. Aparte de los países tradicionales del área anglosajona más Italia, Francia y Argentina, el juego se ha incrementado en otros de diversas latitudes. El rugby va experimentando una mutación con una profesionalización creciente y la incorporación de las mujeres es cada vez mayor, tanto en el rugby a XV como en modalidad reducida.

Por Tata NAVARRO

La antigua clasificación de los países en tres tercios (tiers) según su grado de desarrollo, considerada obsoleta, ha sido reemplazada desde 2008 por una clasificación en cinco niveles y que guarda ciertas reminiscencias de la clasificación anterior:

  • Alto Nivel 1er Tier (10 países).

Nueva Zelanda, Inglaterra, Irlanda, Australia, Escocia, África del Sur, Gales, Argentina, Francia y Fiji.

  • Alto Nivel 2° Tier (10 países).

Estados Unidos, Italia, Georgia, Japón, Rumanía, Samoa, Tonga, Rusia, España y Uruguay.

  • Nivel 1 (cuatro países).

Chile, Namibia, Hong Kong y Canadá.

  • Nivel 2 (siete países).

Portugal, Alemania, Holanda, Brasil, Bélgica, Kenia, Corea.

  • Desarrollo (72 países).

Todos los otros países.

La composición de la clasificación está sujeta a modificaciones como imaginamos que así mismo su formato. Nos hemos basado en una publicación con datos al 31 de diciembre de 2015 y hemos efectuado las modificaciones que impone el actual estado del ranking mundial.

Hay consideraciones estratégicas por parte de World Rugby sobre la India, México y China y que seguramente son debidas al número de habitantes. Brasil es observado desde cerca, lo mismo que Alemania.

Solamente para situarnos en el plano global, nos permitimos la anterior digresión, ya que lo que nos convoca al escribir estas líneas es la situación del rugby nacional y muy especialmente los medios que tiene a su alcance para organizarse y muy particularmente a nivel local (clubes) y regional (asociaciones).

En Chile podemos establecer que hay asociaciones implantadas en regiones con mayor densidad poblacional que otras, lo que determina la cantidad de clubes y su tamaño. Hay asociaciones reconocidas a nivel federal y otras no, algunas se han disuelto otras absorbidas por una mayor.

Actualmente Chile Rugby, nuestra federación, cuenta entre sus miembros 9 asociaciones regionales: Arica, Iquique, Antofagasta, La Serena, Valparaíso, Santiago, Concepción, Araucanía y Sur, más una de colegios británicos.

Tal como ocurre a nivel mundial, en nuestro país el rugby ha ido creciendo en número de adherentes, nos es difícil establecer la situación exacta de dicho crecimiento en el tiempo, en cuanto a clubes y adherentes, al no contar con las estadísticas del caso que contemplen sexo, edad. Al mismo tiempo el nivel de competencia de ciertos clubes puede determinarse con dificultad, existen clubes sin participación en torneos o afiliados a asociaciones volantes no reconocidas a nivel federal.

Una recopilación de datos lo más fidedigna posible se va haciendo necesaria, pero la comunicación con los diferentes clubes, al menos en la región donde vivimos es poco fluida y hay poca o ninguna conciencia en cuanto a este problema.

Bueno sería conocer la composición de las directivas de los clubes, el número de divisiones y la cantidad de practicantes, su sexo y edad, el lugar de entrenamientos, en qué condiciones se hacen y un historial de la participación en torneos. Y en definitiva, se impone una serie de datos útiles al momento de avizorar óptimamente algún tipo de estrategia y en especial frente a poderes públicos que exigirán precisiones cuantitativas, si se da el caso de postular a fondos o presentar inquietudes, en lo que respecta a infraestructuras y equipamientos.

Organizados en arreglo a la Ley del Deporte

Es ahora costumbre que un nuevo club comienza por adquirir su Personalidad Jurídica, pero nada impide la existencia de clubes sin dar dicho paso, la práctica demuestra que los inconvenientes son mayores que las ventajas, sobre todo al momento de integrarse a una asociación federada que exigirá dicha titularidad de “deberes y obligaciones”.

Básicamente la Personalidad Jurídica permite obrar legalmente y esto delante o dentro diversos estamentos.

En lo que se refiere a los clubes que recién se forman u otros más antiguos que quieren obtener la Personalidad Jurídica, como organizaciones deportivas de base, éstos tienen dos alternativas:


Para constituir un club deportivo con todas las de la ley, los interesados deben realizar una asamblea voluntaria de constitución, a la que deben asistir un mínimo 15 personas mayores de 18 años, con su carné de identidad. En el caso de una adecuación para una organización comunitaria, también es necesaria una asamblea con los mismos requisitos.

La celebración de la Asamblea Constitutiva debe realizarse ante un Ministro de Fe (Notario Público, Oficial del Registro Civil o Ministro de Fe del Instituto Nacional de Deportes).

Los Estatutos Tipo para ambos casos son similares, presentan, por ejemplo, algunas diferencias en lo que se refiere al tipo de mayoría requerida en Asamblea General Extraordinaria para la modificación de estatutos, la disolución y la incorporación a una organización deportiva de nivel superior, o el retiro o desafiliación de ella. También presentan diferencias respecto al mecanismo de designación de la Comisión Electoral en un proceso de elecciones internas.

Las Asambleas Generales

La Asamblea General es la primera autoridad y es el órgano resolutivo superior del Club y representa el conjunto de sus socios. Hay Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, las primeras son anuales y en ella le corresponde al Directorio presentar:

– La cuenta anual de la inversión de recursos.

– Un balance detallado (entradas y salidas de los dineros).

– Una memoria de lo realizado.

– Un plan anual de actividades.

Sujeto a discusión, aprobación o rechazo.

Las Asambleas Generales Extraordinarias tienen lugar cada vez que lo exija las necesidades del club, a juicio del Directorio o mediante solicitud escrita de un tercio de los socios en ejercicio, indicando su objeto. Solamente pueden ser tratadas materias propias de esta clase de Asambleas, son enumeradas en el artículo 19 de los Estatutos las que son de exclusivo resorte de una Asamblea General Extraordinaria. Son sólo tratadas las materias señaladas en la convocatoria y cualquier acuerdo que se tome sobre otras materias será nulo.

Directiva y Comisiones

El Directorio está conformado por un número impar de miembros no menor de tres ni mayor de nueve (según el artículo 22, D.S. N ° 59, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, de 2001). Componen un Directorio un Presidente, un Secretario, un Tesorero y Directores. Es elegido en la Asamblea General Ordinaria del año que corresponda, proclamándose elegidos a los que resulten con el mayor número de votos, hasta completar el número de miembros del Directorio que deban elegirse. La primera mayoría será el Presidente.

Juntamente con el Directorio, deben elegirse dos Comisiones: La Comisión de Ética (Tribunal de Disciplina) y la Comisión Revisora de Cuentas, ambas compuestas por un número impar de miembros no menor de tres en acuerdo a los Estatutos. Para los efectos de las elecciones internas del club, debe constituirse una Comisión Electoral y según la modalidad y plazos establecidos por los Estatutos, tanto para su establecimiento como su duración.

Existe una página web del Instituto Nacional del Deporte, IND, donde podemos encontrar toda la información correspondiente a la obtención de la Personalidad Jurídica de un Club, como así mismo los diferentes Estatutos Tipo referentes a las Organizaciones Deportivas.

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